Tribunal de Honor del Colegio de Profesionales en Nutrición
El Tribunal de Honor debe velar por el correcto ejercicio de la profesión amparado en los
preceptos éticos, morales y jurÃdicos establecidos dentro del Código de Ética.
¿Qué es el Tribunal de Honor?
Es un órgano del Colegio de Profesionales en Nutrición conformado por 5 miembros activos de reconocida solvencia moral.
El Tribunal de Honor debe velar por el correcto ejercicio de la profesión amparado en los preceptos éticos, morales y jurÃdicos establecidos dentro del Código de Ética. Para ello deberá conocer de las denuncias presentadas contra miembros del colegio por faltas cometidas tanto, en el ejercicio de su profesión, asà como, por faltas cometidas contra nuestro marco legal, incluyendo el Código de Ética Profesional. En este sentido, le corresponde actuar como órgano director del procedimiento administrativo disciplinario para la averiguación de la verdad real de los hechos.
Contacto y horario de atención
Correo electrónico: tribunaldehonor@cpncr.com
Teléfono: 2234-6051
Lunes a viernes de 08:00 a.m. a 5:00 p.m.
Misión del Tribunal de Honor
Ser un órgano que procura el mejor desempeño de los agremiados promoviendo la excelencia mediante la aplicación de los preceptos éticos, morales y jurÃdicas establecidos en nuestra normativa legal, incluido el Código de Ética Profesional.
Funciones del Tribunal de Honor
Promover y Garantizar
Promover y garantizar la práctica profesional ética y responsable.
Conocer y Tramitar
Conocer y tramitar el debido proceso de las denuncias interpuestas contra miembros activos del Colegio por faltas cometidas en el ejercicio de su profesión como conductas inapropiadas, negligencias, o violaciones éticas. Ver Funciones ante una Denunca
Códigos de ética
Colaborar en la elaboración, revisión y actualización de los códigos de ética y reglamentos
internos del colegio.
Documentos del Tribunal de Honor
Actas y Minutas: Publicación de actas de reuniones y minutas para mantener la transparencia. Informes Anuales: Informes detallados sobre las actividades y desempeño del tribunal.
Funciones del Tribunal de Honor ante una denuncia:
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1.Conocer y resolver los recursos interpuestos durante las diferentes etapas del debido
proceso.
2. Resguardar, ordenar y foliar los expedientes de las denuncias interpuestas.
3. Notificar a las partes durante las diferentes etapas del debido proceso.
4. Ejecutar las audiencias orales y privadas.
5. Establecer sanciones disciplinarias a los miembros que hayan incumplido las normas
éticas. Las sanciones pueden variar desde amonestaciones hasta la suspensión de la
práctica profesional.
Conformación del Tribunal de Honor
Este órgano sesiona ordinariamente una vez al mes para atender sus
asuntos y extraordinariamente las veces que sean necesarias.
Últimas noticias y Avisos Importantes del Tribunal de Honor
Preguntas Frecuentes
Preguntas frecuentes del Tribunal de Honor del CPN.
El Tribunal de Honor de Colegio de Profesionales de Nutrición (TH) conocer y resolver las denuncias contra personas miembros activos del Colegio, por faltas cometidas en el ejercicio de su profesión y por faltas cometidas contra la Ley Orgánica y Código de Ética Profesional.
Las quejas o denuncias contra miembros activos del Colegio de Nutricionistas de Costa Rica deberán ser presentadas ante la Junta Directiva del Colegio. O mediante el siguiente enlace. Â
El primer requisito es que debe ser presentada de manera formal ante la Junta Directiva del Colegio de Nutricionistas. Los requisitos especÃficos de la misma se encuentran en el Reglamento para la Interposición y Trámite de Denuncias de este mismo Colegio.
El Tribunal de Honor resuelve las denuncias en orden cronológico, según las traslada la Junta Directiva a este órgano. Por tanto, el tiempo de resolución depende de la cantidad de denuncias previas, existentes en el momento que el Tribunal recibe la denuncia.
La denuncia contra un nutricionista puede ser interpuesta por cualquier persona sea nutricionista o no.
Las denuncias contra personas o profesionales no nutricionistas que ejercen ilegalmente la profesión del nutricionista en Costa Rica, deben ser presentadas al Ministerio Público. El Tribunal de Honor solo recibe denuncias relacionadas contra la ética profesional por parte
de los nutricionistas agremiados al Colegio de Profesionales de Nutrición de Costa Rica.